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Las noticias políticas del 16Jun en Venezuela

Delcy Rodríguez raliza algunos cambios en el gabinete ministerial. Foto: @ReporteYa
Delcy Rodríguez raliza algunos cambios en el gabinete ministerial. Foto: @ReporteYa

Un resumen de las informaciones de importancia nacional en el plano político


Rosa Inés Chávez designada por Delcy Rodríguez como jefa de la Gran Misión Venezuela Joven



Reajustes en el gabinete administrativo: A través de sus canales de comunicación, Delcy Rodríguez anuncia nuevos nombramientos este 15 de junio.


La Pesidente encargada realiza una serie de modificaciones en la estructura de su tren ejecutivo, con el objetivo de renovar liderazgos en áreas estratégicas del Estado.


Los movimientos más destacados incluyen la salida de Freddy Ñáñez del Ministerio de Ecosocialismo y de Rosinés Chávez de la presidencia de Imparques.


Ambos despachos pasarán a ser dirigidos por Nelson Rodríguez, un perfil técnico que la administración ha calificado como un profesional de trayectoria probada para asumir esta doble responsabilidad.


Sobre el destino de los funcionarios salientes, se informó que mientras el futuro de Ñáñez permanece sin definir, la hija menor del fallecido presidente Hugo Chávez, Rosinés Chávez, asumirá un nuevo rol al frente de la Gran Misión Venezuela Joven. El paquete de cambios se completa con la integración de nuevas figuras en áreas de atención social y gestión pública:


Juan José Ramírez: Asume la jefatura del Sistema 1x10 del Buen Gobierno.

Paola Posani: Designada como nueva Ministra del Poder Popular para Hábitat y Vivienda.


Estos ajustes forman parte de la dinámica de rotación que el Ejecutivo viene aplicando para, según sus voceros, optimizar la gestión de las políticas públicas y la respuesta institucional ante las demandas de la ciudadanía. Con información de @ReporteYa


Pdvsa-Cripto: el juicio donde se habla de todo, menos del dinero



La audiencia del caso Pdvsa-Cripto dejó una paradoja medular en el Palacio de Justicia de Caracas: el Estado dice perseguir una trama multimillonaria, pero en sala no se explicó cuánto dinero se perdió, cuánto volvió a la nación ni quién administra los bienes incautados a los acusados.


En una causa construida públicamente sobre una pérdida patrimonial histórica, el silencio sobre la cifra, la recuperación de activos y el destino de los bienes ocupados no solo alimenta dudas políticas, sino que debilita de forma estructural la comprensión pública del juicio. Si el proceso pretende presentarse como justicia legítima contra la corrupción, la primera obligación debería ser elemental: decirle al país cuánto se perdió, cuánto volvió y quién responde por lo que falta.


La audiencia del caso Pdvsa-Cripto celebrada el lunes comenzó aproximadamente a las 5:00 pm y estuvo centrada, principalmente, en la respuesta del Ministerio Público y del tribunal frente a las múltiples solicitudes planteadas por las defensas.


El fiscal Eddy Rodríguez pidió que fueran declaradas sin lugar las solicitudes de decaimiento de las medidas privativas de libertad, al sostener que el Ministerio Público había consignado prórrogas respecto de varios acusados. También solicitó que se rechazaran las pruebas complementarias promovidas por algunas defensas, con el argumento de que no se trataba de hechos nuevos ni de elementos conocidos con posterioridad.


En este caso se habla de prórrogas, nulidades, incidencias, traslados, medidas privativas de libertad, audiencias telemáticas, suéteres, guantes, autobuses accidentados y recursos declarados improcedentes. Se habla de casi todo. De lo que no se habló en la audiencia del 15 de junio fue del dato que convirtió este expediente en un asunto tanto de interés nacional como mediático: cuántos millones de dólares se perdieron, cuánto dinero se recuperó, qué bienes fueron asegurados, quién los administra y cuál es el monto real del daño patrimonial que el Estado dice perseguir.


Por eso, la pregunta no es solamente penal, sino institucional: si el Estado dice perseguir una trama de corrupción multimillonaria, ¿por qué el centro de la audiencia no fue el dinero perdido ni su recuperación? Y si la causa se tramita ante un tribunal especial de terrorismo, corrupción y delincuencia organizada, ¿cuáles son los criterios concretos que justifican esa competencia en un expediente cuya explicación pública ha sido, hasta ahora, fundamentalmente patrimonial?


El fiscal sostuvo además que las incidencias, nulidades y supuestos vicios denunciados por las defensas en fases anteriores ya habían quedado convalidados. Rechazó igualmente los alegatos sobre falta de allanamiento de inmunidad parlamentaria, falta de orden de inicio de investigación y denuncias de violaciones de derechos humanos, señalando que no tenía conocimiento de denuncias formales ante la Fiscalía o la Defensoría del Pueblo. En su intervención, el Ministerio Público defendió la continuidad del juicio y pidió que se declararan sin lugar las solicitudes de sobreseimiento y nulidad.


La jueza Alejandra Verónica Romero Castillo, al frente del Tribunal Tercero de Juicio con competencia en terrorismo, declaró sin lugar la falta de competencia alegada por las defensas y sostuvo que el tribunal era competente para conocer la causa Pdvsa-Cripto. La decisión abre otra interrogante de fondo: ¿por qué una causa presentada públicamente como un expediente de corrupción petrolera termina radicada ante una jurisdicción especial vinculada al terrorismo, la corrupción y la delincuencia organizada?


Dictó luego un amplio pronunciamiento en términos generales, declaró sin lugar casi todas las solicitudes de las defensas. La jueza Romero Castillo también negó que se hubiera vulnerado el derecho a la defensa; para justificar su decisión, sostuvo que en la audiencia todos los acusados estaban sentados al lado de sus defensores. Sin embargo, ese argumento no responde al punto central planteado por las defensas: varios detenidos llevan cerca de tres años privados de libertad y es ahora, con la apertura del juicio, cuando han podido contar con defensa privada activa para promover incidencias, solicitar nulidades y denunciar presuntas violaciones ocurridas durante las fases anteriores del proceso.


La magistrada también rechazó la nulidad por falta de publicidad del juicio y sostuvo que el tribunal de juicio no tiene potestad para revisar las actuaciones del tribunal de control. Asimismo, declaró sin lugar las excepciones planteadas por algunas defensas, las solicitudes de sobreseimiento, el control difuso, el decaimiento de las medidas privativas de libertad y las revisiones de medida.


La audiencia también dejó abierto un punto de tensión entre lo ocurrido en sala y las garantías previstas en la Constitución venezolana. Frente a las denuncias de violaciones de derechos humanos formuladas por las defensas, el Ministerio Público sostuvo que no tenía conocimiento de denuncias que cursaran ante la Fiscalía o la Defensoría del Pueblo, y que esos señalamientos no podían ser utilizados como fundamento para solicitar la nulidad del proceso. Sin embargo, el tribunal declaró con lugar la solicitud de pedir al Ministerio Público que iniciara una investigación por esas presuntas violaciones.


El dato es relevante porque no se trata únicamente de una discusión procesal. La Constitución venezolana establece que el respeto y la garantía de los derechos humanos son obligatorios para todos los órganos del Poder Público. También dispone que el Estado debe investigar y sancionar las violaciones de derechos humanos cometidas por sus autoridades, y prohíbe de forma expresa la tortura, los tratos crueles, inhumanos o degradantes.


En ese marco, una denuncia de tortura, aislamiento, malos tratos o restricción grave al derecho a la defensa no puede ser tratada como un asunto secundario ni quedar supeditada únicamente a la existencia de un registro burocrático previo, dado que el confinamiento severo impide el acceso físico a las sedes de los órganos de control. Con información de elnacional.com




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