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Las noticias políticas del 13Abr en Venezuela


TSJ no emitió pronunciamiento alguno sobre el mantenimiento del carácter orgánico de la reforma de la Ley de Hidrocarburos. Foto: Archivo
TSJ no emitió pronunciamiento alguno sobre el mantenimiento del carácter orgánico de la reforma de la Ley de Hidrocarburos. Foto: Archivo

Un resumen de las informaciones de importancia nacional en el plano político venezolano


Sala Constitucional avala carácter orgánico de Ley de Minas


La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró constitucional el carácter orgánico de la Ley Orgánica de Minas (LOM), sancionada por la Asamblea Nacional el pasado 9 de abril. Así lo estableció en la sentencia n.° 0463 del 10 de abril, publicada por el TSJ en su página web.


De acuerdo con el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), "toda ley que pretenda tener rango orgánico debe ser remitida previamente a la Sala Constitucional para que verifique ese carácter antes de su promulgación".


En su decisión, el máximo tribunal consideró que la LOM cumple con este requisito, al tratarse de una “ley marco” en materia de recursos minerales —conforme a los artículos 12, 156 y 302 de la Constitución— y por desarrollar derechos constitucionales.


Ley de Hidrocarburos no tiene el mismo trato


Sin embargo, la sentencia pone de relieve una evidente contradicción con lo ocurrido recientemente con la reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, advierte la ONG Acceso a la Justicia.


En ese caso, la Sala Constitucional no emitió pronunciamiento alguno sobre el mantenimiento del carácter orgánico de la reforma, a pesar de que el artículo 203 de la CRBV exige el control previo también para las modificaciones que pretenden conservar ese rango.


Esta omisión ha sido calificada como una irregularidad de fondo, ya que la reforma fue publicada directamente en la Gaceta Oficial n.º 6.978 Extraordinaria del 29 de enero, sin cumplir con el control constitucional previo requerido para su validez.


La decisión de la Sala Constitucional sobre la Ley de Minas refuerza formalmente el procedimiento establecido en la Constitución para las leyes orgánicas, pero deja en evidencia una aplicación selectiva de las normas constitucionales en materia de control previo de las leyes de rango orgánico. Con información de efectococuyo.com


TSJ en el exilio advierte "falta absoluta" del presidente y exige elecciones


El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio emitió un comunicado con el que exige que se realicen elecciones presidenciales en Venezuela. Los magistrados recordaron que ya transcurrieron más de tres meses de los hechos del 3 de enero, donde resultó capturado Nicolás Maduro, por lo que la Asamblea Nacional (AN) debe declarar falta absoluta del presidente y activar la convocatoria a un nuevo proceso comicial.


TSJ en el exilio exige elecciones presidenciales


"La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el artículo 234, regula la falta temporal, disponiendo que esta será suplida por el Vicepresidente Ejecutivo hasta por noventa (90) días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por noventa (90) días adicionales", indicaron en el comunicado.


Ante esto, aclararon: "Resulta jurídicamente improcedente la pretensión de crear categorías ajenas al texto constitucional, como lo ha pretendido hacer la espuria Sala Constitucional del ilegítimo TSJ, como la denominada “ausencia forzosa”, expresión carente de consagración normativa y extraña al sistema de faltas previsto por el constituyente".


El ente detalló que, debido a la imposibilidad de Maduro para ejercer sus funciones, la situación se califica como "falta temporal". Ante esto, el Vicepresidente Ejecutivo puede suplir la falta por hasta 90 días, prorrogable por 90 días más. Luego de un máximo de 180 días sin la reincorporación del presidente, la AN debe declarar la "falta absoluta".


Tras la declaración de "falta absoluta" es obligatorio convocar a elecciones universales, directas y secretas, indican en el comunicado. Luego, el nuevo presidente electo deberá completar el periodo constitucional correspondiente para restaurar el hilo democrático.


Además, el TSJ legítimo hizo un llamado a la comunidad internacional y al pueblo venezolano a desconocer cualquier maniobra que busque suspender el orden constitucional. Con infomación de elnacional.com


Estas son las claves de la ruta para la transición propuesta por la Plataforma Unitaria



La Plataforma Unitaria Democrática (PUD) presentó el domingo 12 de abril, su hoja de ruta para la transición democrática en Venezuela, un documento que establece ocho condiciones que deben cumplirse para que el país pueda avanzar hacia elecciones libres y la restitución del orden constitucional.

1. Liberación de todos los presos políticos


La PUD califica esta condición como "una condición moral y política esencial para cualquier proceso creíble". Mientras haya venezolanos presos por razones políticas, no puede haber transición legítima.


2. Cese de la persecución y desmontaje del aparato represivo


El documento advierte que no basta con liberar a los presos si se mantiene intacto el sistema que persigue, intimida y castiga la disidencia. El aparato represivo del régimen debe desmantelarse de forma efectiva.


3. Reinstitucionalización integral


La PUD exige el restablecimiento de las garantías constitucionales y del debido proceso, el funcionamiento independiente de los poderes públicos y el cese del uso del sistema judicial y administrativo como mecanismo de persecución política. Esta condición incluye expresamente la designación de un nuevo CNE y de las autoridades correspondientes que lleven a una elección verdaderamente libre.


4. Apertura efectiva del espacio cívico


La hoja de ruta reclama garantías reales para la libertad de expresión, asociación, manifestación, organización política y prensa, así como el funcionamiento independiente de las organizaciones de la sociedad civil.


5. Restitución plena de los derechos políticos


La coalición exige el levantamiento de todas las inhabilitaciones políticas impuestas sin debido proceso y la garantía efectiva del derecho a elegir y ser elegido, condición fundamental para que todos los actores políticos puedan participar en igualdad de condiciones.


6. Normalización del sistema de partidos


El documento demanda la devolución de las tarjetas electorales y símbolos a los partidos legítimos y a sus autoridades legítimamente constituidas, el cese de las intervenciones judiciales que distorsionan la representación política, y garantías plenas para la libre organización, movilización y participación política. Con información de monitoreamos.com


7. Condiciones electorales específicas


Adicionalmente a todo lo anterior, la PUD exige la designación de un Consejo Nacional Electoral provisional e independiente, con garantías de transparencia, equilibrio y profesionalismo que le devuelvan credibilidad al árbitro electoral ante los venezolanos.


8. Retorno seguro de los exiliados


La última clave contempla garantías plenas para el regreso de los venezolanos desplazados por razones políticas, sin riesgo de represalias y con reconocimiento efectivo de sus derechos civiles y políticos.


La PUD sintetizó su postura en una frase que atraviesa todo el documento: "Sin estabilización no hay recuperación. Sin recuperación no hay elecciones libres. Sin elecciones libres no hay transición democrática".

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