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Las noticias de economía del 28Ago en Venezuela

28 ago
7 min de lectura

Mucha gente piensa que dolarizar un país significa que los salarios también serán en dólares. Pero no siempre funciona como la gente piensa. Foto: Pixabay
Mucha gente piensa que dolarizar un país significa que los salarios también serán en dólares. Pero no siempre funciona como la gente piensa. Foto: Pixabay

Un resumen de las informaciones del plano económico venezolano


Pedro Pablo Fernández: "La dolarización es una agresión contra las familias venezolanas"



El político venezolano Pedro Pablo Fernández es abogado, profesor universitario y dirigente político. Actualmente es director general del Centro de Políticas Públicas, egresado de la Universidad Central de Venezuela (UCV), con estudios de especialización en Economía en la Universidad de Colorado y una maestría en Políticas Públicas en la Universidad de Georgetown. 


En su labor como conferencista y analista, defiende la democracia, la reconstrucción institucional y la economía de mercado como vías para superar la crisis y la pobreza en Venezuela.


En su cuenta de instagram explica con sólidos argumentos, el por qué no está de acuerdo con la dolarización:


Uno de los aspectos resaltantes que plantea Fernández es: "Si Venezuela se dolariza debe someterse a las políticas de estado provenientes de EE.UU. Este último tiene "ciclos económicos distintos a los nuestros"


Supongamos que bajan los precios del petróleo, baja el costo de la energía en EE.UU y la energía barata impulsa la economía, esta se sobre calienta y la Reserva Federal responde subiendo las tasas de interés para frenar la inflación. Esta es una política restrictiva explica Fernández. De igual manera con la caída de los precios del petróleo, Venezuela también entraría en periodo de recesión, que significa la caída del consumo y del empleo, lo que necesitaría Venezuela sería bajar las tasas de interés para que el crédito sea barato y aumentar la inversión, que corresponde a una política expansiva. "La Reserva Federal, nos aplicaría, la medicina equivocada, en el peor momento posible". Eso podría provocar un desastre en nuestra economía". Una Venezuela dolarizada se volvería extremadamente cara en dólares. La industria venezolana no podría de ninguna manera competir con las economías baratas de la región.


Finaliza la exposición afirmando, que "la dolarización es una agresión contra las familias venezolanas, que necesitan recuperar su ingreso, el poder adquisitivo y su calidad de vida" Dolarizar Jamás!!!


OFAC elimina requisito de ley estadounidense para contratos autorizados con Venezuela


La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos eliminó un requisito que hasta ahora condicionaba determinados contratos autorizados bajo las licencias generales relacionadas con Venezuela: las partes ya no están obligadas a establecer que el contrato se regirá e interpretará conforme a las leyes de un estado u otra jurisdicción de Estados Unidos.


El cambio entró en vigor este 27 de agosto de 2026 y alcanza a contratos celebrados con el Gobierno venezolano y determinadas personas bloqueadas, dentro de operaciones autorizadas por varias licencias generales de OFAC. Entre ellas están las relacionadas con petróleo, Pdvsa, minería, telecomunicaciones y el suministro de bienes y servicios.


Hasta ahora, las condiciones de algunas de estas licencias establecían que los términos de los contratos debían ser interpretados de acuerdo con las leyes de un estado u otra jurisdicción estadounidense. OFAC explicó que decidió eliminar ese requisito en respuesta a reformas relacionadas con la inversión realizadas por el Gobierno venezolano desde enero de 2026.


El cambio no significa, sin embargo, que las empresas puedan negociar estos contratos sin restricciones ni que todas las operaciones con Venezuela hayan quedado fuera del régimen de sanciones estadounidense.


 ¿Qué cambia para los contratos?


La modificación afecta específicamente la ley aplicable al contrato, es decir, las partes ya no tienen que incluir una disposición que establezca que las obligaciones contractuales, su interpretación, cumplimiento, incumplimiento o determinados recursos jurídicos estarán regidos por las leyes de Estados Unidos.


La diferencia puede ser relevante para empresas que evalúen acuerdos con el Gobierno venezolano o con entidades bloqueadas que estén cubiertas por las autorizaciones de OFAC.

Pero hay una distinción importante: eliminar la obligación de escoger la ley estadounidense no elimina la obligación sobre dónde deben resolverse las disputas.


OFAC mantiene el requisito de que los contratos cubiertos establezcan que los procedimientos para resolver controversias relacionadas con el acuerdo o con su incumplimiento se desarrollen en Estados Unidos, Reino Unido, Francia o Singapur.


En otras palabras, una empresa puede dejar de estar obligada a escoger una ley estadounidense para gobernar el contrato, pero las partes siguen teniendo que acordar uno de esos cuatro países como jurisdicción para los procedimientos de resolución de disputas.


No todos los contratos relacionados con Venezuela están incluidos


La disposición tampoco se aplica indiscriminadamente a cualquier contrato que tenga alguna relación con una operación autorizada.


OFAC precisó que el requisito sobre resolución de disputas se aplica a los contratos que regulen transacciones con el Gobierno de Venezuela o determinadas personas bloqueadas.

Entre los ejemplos mencionados por el organismo están Petróleos de Venezuela (Pdvsa), en el marco de la Licencia General 52B, y la Corporación Venezolana de Minería (CVG), bajo la Licencia General 51C.


En cambio, la exigencia no alcanza necesariamente a empresas que participan indirectamente en esas operaciones.


OFAC puso como ejemplo a compañías de seguros, transporte u otros proveedores que tengan contratos con una empresa estadounidense que, a su vez, realice una operación autorizada con Pdvsa. En esos casos, la obligación sobre la jurisdicción para resolver disputas no se extiende automáticamente al contrato entre el proveedor y la empresa estadounidense.


Una modificación dentro de un régimen que sigue vigente


El cambio forma parte de una actualización más amplia de las reglas estadounidenses para determinadas operaciones con Venezuela.


Este jueves, OFAC modificó las licencias generales 46D, 47B, 48C, 50C, 51C, 52B, 54B y 61A, que abarcan actividades relacionadas con petróleo y petroquímica, diluyentes, bienes y servicios, operaciones de petróleo y gas, minerales y oro, Pdvsa, minería y telecomunicaciones.


La propia OFAC señaló que estas modificaciones responden a las reformas venezolanas en materia de inversión y que Estados Unidos continúa respaldando los esfuerzos de empresas estadounidenses para reinvertir en Venezuela. Con información de finanzasdigital.com


Análisis Bimonetarismo y libertad financiera: la vía a la estabilización monetaria en Venezuela


En el debate contemporáneo sobre el destino económico de Venezuela persiste una disyuntiva que suele plantearse en términos absolutos: la conveniencia de avanzar hacia una dolarización oficial plena frente a la insistencia en esquemas de desdolarización forzada.


En este contexto de opiniones encontradas sobre el futuro del sistema monetario nacional, la premisa técnica que sostenemos desde Aristimuño Herrera & Asociados es clara: la dolarización plena no constituye el mecanismo idóneo ni óptimo para alcanzar una estabilización macroeconómica sólida, perdurable y orientada al crecimiento.


Por el contrario, la evidencia y la estructura económica del país indican que el camino más eficiente y pragmático es la consolidación de un sistema bimonetario formal, transparente y plenamente funcional, donde convivan el bolívar y el dólar bajo reglas de mercado claras.

La fortaleza de un signo monetario no se impone por decreto ni se recupera restringiendo artificialmente la circulación de otras divisas.


Si la conducción económica aplica una política sana, erradica el financiamiento monetario del déficit y garantiza la estabilidad de precios, los agentes económicos demandarán más bolívares de forma natural; mientras tanto, el dólar debe continuar cumpliendo su rol como facilitador de liquidez, reserva de valor y medio de pago.


Las desventajas de la dolarización total


Adoptar el dólar como moneda única puede lucir a primera vista como un atajo atractivo para extinguir la inflación de raíz y anclar las expectativas. Sin embargo, este esquema introduce una rigidez institucional casi irreversible y traslada costos desproporcionados hacia el aparato productivo, especialmente en una economía con alta exposición a choques externos.


Al renunciar por completo a la soberanía monetaria y cambiaria, el país pierde la capacidad de amortiguar las fluctuaciones internacionales.


Para una nación cuyos ingresos dependen significativamente del mercado energético, una caída abrupta en los precios del petróleo bajo un esquema dolarizado se traduce inmediatamente en una severa contracción de la liquidez interna, lo que empuja a la economía hacia la recesión, el desabastecimiento y el ajuste traumático sobre el empleo y las remuneraciones reales.


Asimismo, la dolarización plena debilita los esfuerzos de diversificación de bienes transables no tradicionales, pues deja al aparato productivo indefenso ante apreciaciones del dólar o devaluaciones en los países competidores de la región.


A ello se suma la pérdida del rol del Banco Central como prestamista de última instancia, lo que incrementa la fragilidad del sistema financiero ante episodios de tensión o eventuales salidas de depósitos.


Tampoco garantiza, por sí sola, la disciplina fiscal, ya que ante la imposibilidad de imprimir moneda, los desbalances presupuestarios crónicos suelen derivar en sobreendeudamiento costoso o en la emisión precaria de instrumentos de deuda que terminan funcionando como cuasi monedas desvalorizadas.


Superar las fricciones


En contraste con las rigideces de la dolarización formal, las medidas orientadas a restringir coercitivamente el uso de divisas han demostrado generar fricciones indeseables sobre la actividad comercial y la sociedad en general.


La construcción de canales operativos para movilizar divisas —tales como la logística para el suministro de billetes en denominaciones adecuadas, la reactivación de corresponsalías y la normalización de circuitos financieros autorizados— no debe interpretarse como la antesala de la renuncia al bolívar.


Se trata, en realidad, de la infraestructura básica e indispensable para ordenar y transparentar una realidad transaccional que el mercado ya adoptó por necesidad. Con información de bancaynegocio.com


Precio del dólar vs Euro


El Banco Central de Venezuela informó que al cierre de la jornada de este viernes 28 de agosto la tasa de cambio del dólar para el lunes 31 se ubicó en 794,99 bolívares. Eso significa un incremento de Bs. 3,33 (+0,42%) en comparación con la tasa de cambio anterior.


En el caso del euro, la nueva tasa de cambio se ubicó en 922,69 bolívares. Eso representa un incremento de Bs 0,81 (+0,08%) en comparación con la tasa anterior.

 

Las cifras anteriores nos indican que en agosto 2026 el precio del dólar tuvo un aumento de Bs. 39,09 (+5,17%). El 6 de agosto la tasa de cambio era Bs. 755,90. El aumento del euro, en el mismo lapso, fue Bs 49,86 (+5,71%). La tasa de cambio el 6 de agosto era Bs. 872,83.

 

Veamos qué ha pasado en un año: El 4 de agosto 2025, la tasa de cambio del dólar era Bs. 125,84, por lo tanto, en un año el incremento es de Bs. 669,15 (+531,7%). En el caso del euro, el precio para la fecha indicada era Bs. 125,76. Al comparar con el precio del próximo lunes, tenemos que ha aumentado Bs. 796,93 (633,69%)

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